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viernes, 29 de junio de 2012

Ayudas Energías Renovables en Castilla la Mancha

Abierto  el plazo de la convocatoria de  AYUDAS para el aprovechamiento
de ENERGÍAS RENOVABLES en Castilla-La Mancha 2011-2012, en las áreas tecnológicas solar térmica, biomasa, térmica, híbrida biomasa+solar térmica, fotovoltaica aislada, mixta eólica-fotovoltaica aislada, equipos de tratamiento en campo de la biomasa y geotermia.

http://docm.jccm.es/portaldocm/descargarArchivo.do?ruta=2012/06/29/pdf/2012_9652.pdf&tipo=rutaDocm

miércoles, 16 de febrero de 2011

PRIMER CONTRATO

El Sepecam ha puesto en marcha una nueva subvención para aquellas empresas que contraten a personas con titulación de la bolsa de titulados del Sepecam que no tengan experiencia superior a tres meses en la ocupación en la que se han cualificado y que no hayan trabajado con la empresa solicitante con anterioridad.
Se trata de un contrato en prácticas de una duración de 6 meses.
La subvención es de una cuantía máxima de 6.000 €
Más información en el centro de la mujer o en www.sepecam.jccm.es

martes, 9 de noviembre de 2010

AYUDAS DE CONCILIACION

Ayuda a Trabajadores/as para la Contratación de Servicios por atención a menores

Orden de la Consejería de Empleo, Igualdad y Juventud, de 26 de octubre de 2010 (DOCM de 29 de octubre).
  ¿Cuál es el objeto de esta ayuda?

Subvencionar a las familias de trabajadores/as por los gastos que les genere la atención de sus hijos/as o menores, que convivan con ellos y se hallen a su cargo, para favorecer así la conciliación de su vida laboral, familiar y personal.

¿Quién puede recibirla?


Las familias de trabajadores/as y las mujeres víctimas de violencia de género, que tengan hijos/as o menores en acogimiento o tutela, con edad inferior a 8 años.

Los/las beneficiarios/as deben tener domicilio fiscal en Castilla-La Mancha, una renta familiar anual inferior a 42.000 euros, haber trabajado por cuenta ajena un mínimo de 270 días dentro del año que sirve de referencia para la subvención y no deben ser empleados/as públicos/as.

¿Qué gastos cubre? Pueden cubrir uno o varios de los gastos siguientes:

- Gastos de Centros de Atención a la Infancia

- Gastos de Comedor Escolar.

- Gastos de atención a menores por ampliación escolar en los Centros Educativos.

- Gastos por contratación de empleados/as al servicio del hogar familiar.

- Gastos por servicios domiciliarios prestados por autónomos o empresas.

Quedan excluidos los gastos por servicios sanitarios, deportivos, educativos, lúdicos u otros no directamente relacionados con la conciliación.

¿Cuándo se puede solicitar y a qué periodo han de referirse los gastos?


Esta subvención puede solicitarse hasta el día 14 de enero de 2011.


Los gastos a presentar deben referirse a servicios recibidos en el año que va desde el día 1 de agosto de 2009 hasta el día 31 de julio de 2010. Podrán presentarse gastos de todo el año o de una parte del mismo.


¿Qué cuantía tienen las ayudas?


La mitad de los gastos producidos y acreditados, con un límite de 1.200 euros por año, y un límite por la suma de subvenciones en varias anualidades de 3.600 euros (6.000 euros en familias numerosas).



Ayudas para Trabajadores/as por Reducción de la Jornada Laboral, Excedencia o Suspensión de Contrato 
Orden de la Consejería de Empleo, Igualdad y Juventud, de 26 de octubre de 2010 (DOCM de 29 de octubre).   




 
¿Cuál es el objeto de esta ayuda?
Subvencionar a los/las trabajadores/as para compensar la pérdida de ingresos por el disfrute de reducciones de jornada, excedencias o suspensiones de contrato laboral, para atender al cuidado de menores o familiares enfermos, para participar en procesos de adopción internacional o en la búsqueda de familiares desaparecidos.

¿Quién puede recibir estas ayudas?

Familias de trabajadores/as en las que se dé alguna de las siguientes circunstancias:


- Que sea el hombre quien disfruta de la reducción, excedencia o suspensión contractual.
- Familia monomarental o mujer víctima de violencia de género.
- Que alguno de los progenitores tenga una discapacidad igual o superior al 33%.
Los/las beneficiarios deben tener domicilio fiscal en Castilla-La Mancha y no deben ser empleados públicos.
¿Plazo de solicitud? Puede solicitarse hasta el día 11 de febrero de 2011.

Se justificará la pérdida de ingresos sufrida debe referirse al periodo que va desde el día 1 de enero de 2009 hasta el día 31 de diciembre de 2010.La reducción, excedencia o suspensión puede referirse al periodo completo o a una parte del mismo.

¿Qué cuantía tienen las ayudas?

En las excedencias o suspensiones de contrato, el SEPECAM abonará 600 euros mensuales o la parte proporcional si hubiera algún periodo inferior al mes.
En las reducciones de jornada, entre 100 y 400 euros mensuales, dependiendo de la reducción.
Cuando el/la beneficiario/a de las ayudas sea un hombre, o una mujer víctima de violencia de género, los anteriores importes se elevarán en un 100%.
Más información en el Centro de la Mujer o en el SEPECAM

jueves, 26 de noviembre de 2009

Ayudas pequeño comercio


Nueva convocatoria de ayudas para la modernización y mejora del pequeño comercio para proyectos de acondicionamiento de locales, iluminación, equipamiento comercial, eliminación de barreras arquitectónicas, etc. en los que se realice una inversión entre 3.000 € y 12.000 €.
Abierto el plazo de la convocatoria hasta 26 de febrero de 2010

lunes, 5 de octubre de 2009

BECAS ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS

Becas para alumnos/a universitarios/as
con miembros de la unidad familiar
en situación de desempleo sobrevenido en
2009. Estas becas son complementarias a
las becas del Ministerio de Educación y
el importe asciende a 1.000 € cada beca.
DOCM 29-09-2009

viernes, 18 de septiembre de 2009

Protección por Desempleo e Inserción

PROGRAMA TEMPORAL DE
PROTECCIÓN POR DESEMPLEO E INSERCIÓN

Destinado a todas las personas que hayan agotado la prestación por desempleo ó subsidio a partir del 1 de agosto de 2009 y hasta el 15 de febrero de 2010.
Que carezcan de rentas propias superiores a 468 € mensuales.
Duración máxima de la prestación 180 días.
Cuantía de la prestación 420 €.
Más información en el Centro de la Mujer ó en las oficinas del Sepecam.

Plan de Choque

PLAN DE CHOQUE FRENTE AL DESEMPLEO

El objeto del Plan de Choque es establecer medidas para paliar los efectos ocasionados por el agotamiento de las prestaciones ó subsidios de las personas desempleadas que cumplan los requisitos, ofreciéndoles un contrato de trabajo y un salario, así como orientación laboral y formación adecuada.

Podrán obtener la Credencial de Empleo del Sepecam y ser contratadas a través del Plan de Choque quienes se encuentren en una de las siguientes situaciones :

A)- Demandantes de empleo que se hayan inscrito en las oficinas del Sepecam a partir de 1-01-2008 y que habiendo recibido una prestación ó subsidio a partir de esa fecha la hayan agotado.

B)- Trabajadores/as autónomos/as no ocupados inscritos en las oficinas del Sepecam que hayan agotado la ayuda del Decreto 344/2008.


Además deben estar empadronados/as en un municipio de Castilla La Mancha desde el día 1-01-2008

Más información : http://www.sepecam.jccm.es/

miércoles, 26 de agosto de 2009

CONCILIACION VIDA FAMILIAR, LABORAL Y PERSONAL

AYUDAS PARA LA CONCILIACIÓN DE LA VIDA FAMILIAR, LABORAL Y PERSONAL:


Contratación de Servicios para Atención a Menores


Plazo de Solicitud abierto hasta el 10 de septiembre de 2009

¿Cuál es el objeto de esta ayuda? Subvencionar a las familias de trabajadores y trabajadoras por cuenta ajena por los gastos que les genere la atención de sus hijos/as menores, acogidos o tutelados, que convivan con ellos y se hallen a su cargo, para favorecer así la conciliación de su vida laboral, familiar y personal.


¿Quién puede recibir estas ayudas?Las familias de trabajadores y trabajadoras, las mujeres víctimas de violencia de género, así como las mujeres participantes en acciones de formación para el empleo, que tengan hijos/as menores, acogidos/as o tutelados/as, con edad inferior a 8 años.

¿Qué gastos cubren las ayudas?Las ayudas pueden cubrir uno o varios de los gastos siguientes:


- Gastos de Centros de Atención a la Infancia públicos y privados.

- Gastos de Comedor Escolar.

- Gastos de atención a menores por ampliación escolar en los Centros Educativos.

- Gastos por contratación de empleados al servicio del hogar familiar.

- Gastos por servicios domiciliarios prestados por autónomos o empresas.

Quedan excluidos los gastos por servicios sanitarios, deportivos, educativos, lúdicos u otros no directamente relacionados con la conciliación.


¿Cuándo se puede solicitar la ayuda y a qué periodo han de referirse los gastos?Esta subvención puede solicitarse hasta el día 10 de septiembre de 2009.Los gastos a presentar deben referirse a servicios recibidos en el año que va desde el día 1 de agosto de 2008 hasta el día 31 de julio de 2009. Podrán presentarse gastos de todo el año o de una parte del mismo.

¿Cómo se acreditan los gastos?Los gastos producidos se acreditarán mediante la presentación de facturas, nóminas, documentos de cotización a la Seguridad Social u otros documentos de valor probatorio equivalente, que estén efectivamente pagados.

¿Qué cuantía tienen las ayudas?El Sepecam abonará la mitad de los gastos producidos y debidamente acreditados, con un límite máximo de 1.200 euros por año, y un límite por la suma de subvenciones en varias anualidades de 3.600 euros.

¿Cómo y dónde se puede solicitar la ayuda?Las ayudas se podrán solicitar por internet entrando en la página web del SEPECAM www.sepecam.jccm.es, o bien presentando la solicitud y demás documentación en los Servicios Provinciales o en las Oficinas de Empleo del SEPECAM, o a través de cualquier otro registro con valor administrativo.

Documentación a Presentar:

1. La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación preceptiva, en original o copia que tenga el carácter de auténtica:
1.1. Para todos/as los/as Beneficiarios/as:
a) Documento Nacional de Identidad o permiso de residencia y/o trabajo en vigor de los solicitantes.
b) Libro de Familia o documento público equivalente que acredite la filiación.
c) Solicitud de apertura/modificación de ficha de tercero según modelo oficial (Anexo II).
d) Declaración responsable de los beneficiarios (en la propia solicitud)
e) Documentos acreditativos de los gastos producidos y de su pago efectivo, de acuerdo con la Base 9 de la Orden de 18 de diciembre de 2008.
f) Informe de vida laboral del solicitante titular principal y su pareja, en su caso. Ambos podrán prestar su consentimiento en la misma solicitud para que el Sepecam obtenga de forma directa los datos de su vida laboral de la Seguridad Social a través de certificados telemáticos.


Para mas información http://www.sepecam.jccm.es/principal/conciliacion-de-la-vida-laboral-familiar-y-personal/ayudas/ayudas-para-trabajadores/

RECORDAD QUE EL PLAZO SE ACABA EL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE

FUENTE: SEPECAM